martes, 6 de mayo de 2014

LICENCIAS EXPRES DE ACTIVIDAD

Más rápidas y más económicas gracias a un sistema único a nivel nacional: la Declaración Responsable.

No es que no se necesite ningún trámite para abrir un negocio, es que el trámite es diferente, más corto.Se facilita la apertura de los negocios, sólo hay que presentar la declaración responsable junto con documentación redactada por un técnico, que puede ser un proyecto, memoria, planos, certificados, etc. Según lo solicite el Ayuntamiento para cada tipo de licencia. El cambio se debe a la agilización de los trámites eliminando la licencia de apertura/funcionamiento de algunas actividades. Por desgracia, la licencia de actividad (ahora ya sería DR, declaración responsable) sigue siendo necesaria. Para entendernos mejor os voy a explicar la diferencia entre la licencia de actividad y la de apertura (o funcionamiento):

-En la primera el titular comunica al ayuntamiento la futura apertura de un negocio. Para esto se presenta un proyecto de actividad que el técnico del ayuntamiento o ECLU revisará comprobando que se cumple toda la normativa y concedernos así la apertura de nuestro negocio (certificado de idoneidad).

- La licencia de funcionamiento o apertura es una segunda fase que aplica a aquellos negocios que por su actividad pueden suponer molestias o ser peligrosos (ruidos, olores, residuos, alimentación, sanitarios…) y por este motivo necesitan ser revisados por el Ayuntamiento o ECLU previo a la apertura. Con el nuevo procedimiento de Declaración Responsable ya no es necesaria esta segunda fase en determinadas actividades. Con esto ahorramos años de trámites y las tasas de esta segunda licencia. Por este motivo es más ágil y rápida, porque en el momento en el que presentamos la Declaración Responsable junto con la documentación técnica (proyecto, informe, certificados y planos) ya podemos abrir nuestro negocio. Esto evita años de espera, trámites, tasas y disgustos.

La única pega que le podemos poner es que de momento no es para todas las actividades, sólo se benefician actividades principalmente inocuas de menos de 300 m2. No obstante con la futura nueva Ley del Emprendedor esta limitación subirá a los 500 m2 y se ampliará el tipo de actividades a las que les será de aplicación la Declaración Responsable o licencia exprés.

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Arquitectura con sello familiar

https://www.lavozdegalicia.es/noticia/ourense/2018/04/02/arquitectura-sello-familiar/0003_201804O2C8991.htm#