martes, 6 de mayo de 2014

¿QUÉ ES UNA ITE?

Una Inspección Técnica de Edificación, es un informe realizado por un técnico, que manifiesta que la edificación cumple o no con los requisitos mínimos de conservación, seguridad, estabilidad, estanqueidad, consolidación y habitabilidad. La obligación de presentar la ITE en el Ayuntamiento corresponde a los propietarios de las edificaciones afectadas o, en caso de existir, a la comunidad de propietarios. El período de validez de una ITE favorable es de 10 años.

EDIFICACIONES OBLIGADAS A PRESENTAR LA ITE
Las edificaciones que tienen que pasar la ITE, son las que tengan una antigüedad mayor a 30 años. Con carácter transitorio se establece:

Los edificios anteriores a 1910 y CATALOGADOS- hasta el 31/12/2013
Los edificios entre 1911 y 1950 - hasta el 31/12/2014
Los edificios entre 1951 y 1965 - hasta el 31/12/2015
Los edificios entre 1966 y 1975 - hasta el 31/12/2016
Los edificios entre 1976 y 1980 - hasta el 31/12/2017
Los edificios entre 1981 y 1985 - hasta el 31/12/2018
Los edificios posteriores a 1986 - durante el 2019

¿QUÉ PASA SI NO PRESENTO LA ITE?
Una vez el ayuntamiento constate que no se ha presentado la ITE en plazo, podrá proceder a encargarla de oficio y cargarle las costas al propietario, además de iniciar un procedimiento sancionador que puede terminar con una multa. No se concederán ayudas municipales a la rehabilitación de edificaciones que no cumplan con la obligación de presentar la ITE.

ENLACE
A la derecha tienes un enlace donde poder consultar la ordenanza municipal, las fichas técnicas y el padrón de edificios obligados a pasar la Ite.


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Arquitectura con sello familiar

https://www.lavozdegalicia.es/noticia/ourense/2018/04/02/arquitectura-sello-familiar/0003_201804O2C8991.htm#